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Corte de Apelaciones ordena a vecina de Combarbalá restituir acceso a bombas de riego tras 30 años de uso

La Corte de Apelaciones de La Serena falló a favor de un grupo de agricultores de la comuna de Combarbalá, ordenando a una vecina que entregue las llaves de un portón que ella cerró con candado, el cual impedía el acceso a bombas de riego y una caseta eléctrica esenciales para cultivos frutales. La decisión judicial, emitida el jueves, da un plazo de 10 días para restituir el acceso y evitar daños a la producción agrícola.

El Combarbalino

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|23 de enero de 2026|3 minutos de lecturaAgregar El Combarbalino
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La Corte de Apelaciones de La Serena falló a favor de un grupo de agricultores de la comuna de Combarbalá, ordenando a una vecina que entregue las llaves de un portón que ella cerró con candado, el cual impedía el acceso a bombas de riego y una caseta eléctrica esenciales para cultivos frutales. La decisión judicial, emitida el jueves, da un plazo de 10 días para restituir el acceso y evitar daños a la producción agrícola.

El conflicto se remonta a noviembre de 2025, cuando se cerró unilateralmente el portón que permite el ingreso a las instalaciones de un sistema de acueducto construido en 1994. Este sistema, que cruza varios predios, ha sido utilizado de manera ininterrumpida por más de 30 años para extraer agua del río Huatulame y regar cultivos frutales en un predio agrícola.

La vecina demandada argumentó que actuó en ejercicio de su derecho de propiedad y por seguridad, negando haber impedido el acceso y cuestionando la existencia de una servidumbre legal formal. Sin embargo, el tribunal determinó que el cierre alteró una situación de hecho consolidada por décadas, la cual había funcionado incluso tras cambios de dueños de los terrenos involucrados y con pagos periódicos asociados al paso del acueducto.

La Corte concluyó que la acción de cerrar el acceso constituyó un acto ilegal de autotutela, es decir, una imposición de justicia propia sin recurrir previamente a los tribunales. Este proceder está prohibido por el ordenamiento jurídico chileno, ya que vulnera el debido proceso.

“El candado modificó de manera unilateral una situación consolidada por décadas”, señaló el fallo. La corte estimó que la conducta fue arbitraria y generó un riesgo inminente de interrupción del riego, con posibles pérdidas económicas significativas para los agricultores.

Por estas razones, el tribunal acogió el recurso de protección presentado y ordenó la entrega inmediata de las llaves, dejando a salvo los derechos de las partes para iniciar otras acciones legales, como una demanda por servidumbre de paso.

El acceso restringido ponía en riesgo la operación de las bombas que impulsan el agua para riego. La restitución ordenada por la corte es crucial para mantener la viabilidad de los cultivos en la zona, que dependen de este sistema histórico.

El fallo subraya la importancia de resolver los conflictos por vías institucionales y no mediante acciones unilaterales que, como en este caso, pueden afectar derechos adquiridos y actividades productivas esenciales para la comunidad de Combarbalá.

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